Construcor quiere recordar que la nueva Ley de Contratos del Sector Público, que entró en vigor el pasado 9 de marzo, elimina la “discrecionalidad ilimitada” de los criterios que se incluyen en los pliegos de condiciones de los concursos y licitaciones públicas para favorecer la transparencia, la proporcionalidad y la igualdad, así como evitar la discriminación de ninguna empresa.
La asociación, que sigue de cerca las licitaciones con el fin de que se vayan adaptando a la nueva Ley y se establezca un marco de igualdad de condiciones previas para todas las empresas que presenten ofertas, advierte que los criterios, sean técnicos o económicos, deben ser “objetivos, precisos y con un grado limitado de discrecionalidad”.
Esto quiere decir, recuerda Construcor, que los criterios mejor valorados en un pliego -y que son los decisivos para la adjudicación de una obra- no pueden ser los que deban cumplirse de antemano o los que dejen su puntuación final al juicio de valor de los miembros de la mesa de contratación.
Diferencias acusadas
Los criterios con la puntuación más alta, es decir mejor valorados, han sido definitivos en la licitación de la adjudicación de la Ronda Norte de Córdoba provocando diferencias muy acusadas entre las dos empresas con mayor puntuación y la media del conjunto.
Estos criterios han sido dos: el primero, referido a las propuestas medioambientales y el segundo al conocimiento del proyecto y emplazamiento de las obras. Ambos han sumado el treinta por ciento de la puntuación total.
Respecto a las propuestas medioambientales, la mayoría de ellas eran de obligado cumplimiento previo, con lo cual no ha tenido ningún sentido darles la máxima puntuación por cumplirlas. En el caso del conocimiento del proyecto y emplazamiento de las obras, la discrecionalidad es aún mayor porque ya hay una parte parcialmente ejecutada.